Es obligación de la Super Intendencia de Servicios Sanitarios (SISS), asegurar la correcta transparencia en la calidad del agua, situación que no se da, contraviniendolas garantías de derechos nacionales e internacionales, al solicitarse información decumplimiento de la calidad del agua potable que no se encuentra actualmente apta para consumo humano, encontramos que varios de los parámetros se encuentran sobre el límite.
– REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE AGUA DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO.
Todo servicio de agua potable deberá proporcionar agua de buena calidad en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a la población que le corresponde atender.
– Jurisprudencia de la corte suprema sobre vulneración de abastecimiento de agua consumo humano y limitación sobre los derechos de agua de los particulares;
La SISS monitorea el cumplimiento de 43 parámetros de calidad del agua en todas las empresas de agua potable del país, demostrando exceso de Flúor y otros parámetros.
SALUD PÚBLICA: LA TAREA DE PROTEGER UN AGUA APTA PARA CONSUMO.Es obligación de la Super Intendencia …
Ley Chile – dto 735 (19-dic-1969) M. de Salud Pública – Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Reglamento de los Servicios de Agua Destinados Al
consumo Humano(última modificación 30-jul-2010)
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